Mujer fue atacada en la vía pública por su ex pareja en Asunción
- Manuel Lopez
- hace 6 días
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Una mujer fue víctima de un violento ataque por parte de su ex pareja en el barrio Trinidad de Asunción. La agresión ocurrió frente a una niña. La mujer realizó la denuncia y la Fiscalía emitió una orden de alejamiento. La Policía Nacional aseguró que la detención se hará solo si se incumple dicha medida.

El video de un caso de ataque de un hombre contra su ex pareja en el barrio Trinidad de Asunción causó indignación debido a la violencia ejercida y porque la agresión ocurrió durante la presencia de una niña.
En el material que accedió Telefuturo se observa cómo Hugo Florentín, supuestamente en estado etílico, empujó con fuerza desmedida a la mujer, provocando la caída al suelo. Otra persona trata de intervenir para evitar más agresiones, pero el hombre echa al empedrado por segunda vez a la víctima.
El hecho grabado se registró hace más de 10 días, el pasado 18 de enero, en horas de la madrugada.
Supuestamente, el presunto victimario tras agredir a su ex pareja en la vía pública, ingresó a la vivienda de la mujer y destrozó electrodomésticos y otras pertenencias de la víctima, quien realizó su denuncia ante la Comisaría 12ª de Asunción, al amanecer. Después de lo ocurrido pidieron medidas de protección efectivas
¿Otro caso de inacción del sistema?
El comisario Fredy Amarilla, en conversación en las últimas horas con los medios a partir de la divulgación del video, señaló que la Fiscalía emitió una orden de alejamiento, que está vigente contra el denunciado.
Sin embargo, no existe una orden de detención, pese a la denuncia y al video de prueba de la agresión.
El comisario expresó que ellos “podrán intervenir” únicamente si se incumple la orden de alejamiento. Es decir, en caso de que Florentín vuelva a acercarse a la víctima o a su domicilio, será detenido.
El artículo 229 del Código Penal, de violencia familiar, señala que el que, aprovechándose del ámbito familiar, ejerciera actos de violencia física o psicológica sobre quien sea o hubiese sido su cónyuge, concubino, pareja sentimental, o contra quién se hubiese negado a restablecer una relación de pareja, será castigado con pena privativa de libertad de uno a seis años.
En su inciso tercero, agrega que la pena podrá ser aumentada hasta ocho años cuando el acto de violencia se realizare en contra de niños, niñas y adolescentes o en su presencia.






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